Fianza y depósito al alquilar: lo que dice la ley

Publicado el 2026-08-23 · ALEXIA

Fianza y depósito al alquilar: lo que la ley dice

Si estás buscando piso de alquiler en Andalucía, seguro que ya te has topado con conceptos como fianza y depósito al alquilar que, a veces, se usan como si fueran lo mismo pero no lo son. Saber exactamente qué puede pedirte el propietario, cuánto es legal y qué ocurre si no te lo devuelven es información que puede ahorrarte disgustos —y dinero— al inicio y al final de tu contrato. Aquí te lo explicamos todo de forma clara y sin tecnicismos innecesarios.

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¿Qué es la fianza legal y cuánto puede ser?

La fianza es una garantía obligatoria regulada por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). No es opcional: el propietario tiene derecho a pedirla y tú, como inquilino, estás obligado a pagarla antes de entrar a vivir en el inmueble.

La cantidad está fijada por ley:

Esto significa que si alquilas un piso por 800 € al mes en Sevilla o Málaga, la fianza legal es exactamente 800 €. Ni más, ni menos por este concepto.

Además, en Andalucía existe una obligación importante: el propietario debe depositar esa fianza en la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA) en el plazo de dos meses desde la firma del contrato. Este depósito protege al inquilino, ya que garantiza que el dinero existe y puede reclamarse si hay conflicto. Si el casero no lo deposita, puede enfrentarse a sanciones económicas.

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Garantías adicionales: el depósito extra

Aquí viene la confusión más habitual. Además de la fianza legal, la LAU permite que el propietario solicite garantías adicionales, lo que en la práctica se conoce como «depósito» o «garantía complementaria».

Desde la reforma de la LAU de 2019, estas garantías adicionales tienen un límite máximo de dos mensualidades en contratos de vivienda habitual. Por tanto, sumando fianza y depósito, lo máximo que te pueden pedir legalmente es el equivalente a tres meses de renta.

Siguiendo el ejemplo anterior: si el alquiler es de 800 €, el propietario podría pedirte hasta 2.400 € en total (800 € de fianza + 1.600 € de garantía adicional). En 2025, con la subida generalizada de precios en ciudades como Málaga, Granada o Sevilla, este importe puede suponer un esfuerzo económico significativo, por lo que conviene negociarlo si el piso lleva tiempo en el mercado.

A diferencia de la fianza, el depósito adicional no tiene obligación legal de depositarse en AVRA, aunque algunos propietarios lo hacen por seguridad. Lo más importante es que quede reflejado en el contrato: importe exacto, concepto y condiciones de devolución.

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¿Cuándo y cómo te deben devolver el dinero?

Una de las dudas más frecuentes: ¿qué pasa cuando termina el contrato?

La ley establece que el propietario tiene un mes desde la entrega de llaves para devolverte la fianza. Si transcurrido ese plazo no lo ha hecho sin justificación, deberá pagarte además los intereses legales generados desde el primer día de retraso.

El propietario solo puede retener parte o la totalidad de la fianza si existen:

Es fundamental que, al entrar al piso, hagas un inventario fotográfico detallado del estado de la vivienda y lo adjuntes al contrato firmado por ambas partes. Ese documento será tu mejor defensa si el propietario intenta retener dinero de forma injustificada.

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Consejos prácticos antes de firmar

Antes de entregar cualquier cantidad de dinero, ten en cuenta estos puntos:

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Conclusión

Conocer tus derechos sobre la fianza y el depósito al alquilar no es solo una cuestión legal, es una cuestión práctica que puede marcar la diferencia entre una experiencia tranquila y un conflicto costoso. La ley está de tu lado siempre que sepas cómo aplicarla: máximo una mensualidad de fianza, hasta dos más de garantía adicional, y devolución en un mes. Con esa información clara, ya puedes negociar y firmar con mucha más seguridad.

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